Esta es
una entrada a título personal, que habrá quien la comparta y quien no, viene a
colación de una encuesta del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España
que he cumplimentado hoy, y en la que me he explayado a gusto (y aún me he
quedado corto) sobre cómo nos afecta esta pandemia y qué medidas podemos tomar
nosotros como arquitectos ante ella. Pues bien, no nos afecta mucho, porque venimos
sufriendo todavía las secuelas de la crisis del 2008, 2007 para algunos, y ya
he rellenado otras encuestas similares al uso desde entonces, y las cosas no
han cambiado significativamente. Ésta es sólo una piedra más en el camino,
bastante grande, y por desgracia bastante seria, pero otra más.Tal vez sea el punto de inflexión para replantear muchas cosas desde cero.
Mi
enfado viene porque te pasan una encuesta para que rellenes números sobre
porcentajes de cómo te afecta o estimas que te va afectar la pandemia en
relación a tus proyectos y encargos...y como bien decía mi profesor de
Construcción III para poder hacer una estadística necesitas al menos tres
datos, y a día de hoy no tengo con qué conseguir esos tres datos, y me consta
que muchos de mis compañeros están en la misma situación. Así que he usado cualquier pregunta en la que pedían mi opinión para expresar mis
ideas al respecto... y a decir verdad, éstas eran tan pocas que he aprovechado
el apartado de observaciones al final de la encuesta para desahogarme un poco.
Si el
CSCAE quiere de verdad defender la profesión, y toda la economía y sectores que
la circunda y complementa, cabe plantearle al gobierno las siguientes
cuestiones...más que cuestiones son medidas que si o sí tendrá que afrontar y poner sobre la mesa, o
en breve no habrá profesión a la que defender:
Derogación de la ley Omnibus,
permitiendo mantener en vigor las tarifas de honorarios de referencia de los
colegios profesionales adaptadas al incremento del IPC desde el año 2009.
No sólo
afecta a arquitectos, afecta a todas las profesiones liberales, médicos,
abogados...Los honorarios mínimos de referencia se han calculado en base a las
horas de trabajo y del propio valor estimado de lo que cuesta la hora de
trabajo, y ello dentro de una amplia casuística de trabajos que puede
desempeñar un arquitecto, e igualmente los de cualquier otro
profesional. Liberalizar de manera frívola dichos honorarios al mejor postor,
como si de una subasta se tratara, va en detrimento de la calidad del servicio
que podrá prestar el profesional, y también degrada todo el esfuerzo y valía
asociados que han hecho posible que una hora de arquitecto o cualquier otro
profesional costara 40 euros o 50 euros, ...ahora ni de lejos llegamos a la
mitad de esos valores.
Rebaja del IVA de los arquitectos al
10%.
Nuestro
trabajo en mayor o menor medida está destinado al uso residencial, el IVA al
21% supone un incremento considerable en el coste de la redacción del proyecto y dirección
de obra de una vivienda unifamiliar, que muchas veces nos obliga a bajar nuestros
honorarios para hacer accesible o viable nuestro trabajo al promotor, en
general clientes particulares. También nos supone un gran dispendio económico cada
trimestre, ya puedes ganar mucho o poco, pero siempre has de pagar un 21% de
IVA de tus beneficios, y no son muchos, y no podemos deducirnos tampoco gran
parte de ese IVA porque muchos de nuestros gastos no nos los podemos deducir o
no llevan IVA (gastos de la Hermandad o RETA, seguro de responsabilidad civil)
y que suponen en muchas ocasiones más del 40% de los gastos trimestrales. En
ocasiones pienso que no somos más que
recaudadores del estado.
Hay quien
puede pensar que siendo autónomo tienes la ventaja de poder desgravarte el IVA
de los productos que compras, casi todos ellos al 21%, así que no me conviene
pedir el 10%...pues bien, si facturara al 10% mi trabajo aún tendría que pagar
IVA, porque lógicamente no te puedes gastar más del 30% de tus ingresos en
otros menesteres (o al menos eso intentamos).
Unificación del IVA para todas las
obras implicadas en la edificación residencial al 10%, tanto obra nueva como
rehabilitación y reforma, ampliación o reparaciones estructurales,
instalaciones etc.
Esto afecta
muy especialmente a los particulares sobretodo en obras de reforma, donde no
está muy claro cómo justificar si el coste de mano de obra supera con creces el
coste de los materiales, y ello puede dar pie a la picaresca o a realizar
trabajos en negro. Dejémonos de ambigüedades, de números, de cábalas y de
interpretaciones de la ley, una vivienda es más que un bien inmueble, es un
derecho reconocido por la constitución y una necesidad de la población,
deberían fijarse al 10% todas las obras o servicios relacionados con ella.
Revisión
del IVA de los materiales y productos básicos de la construcción al 10% cuando
el destino sea edificación residencial y dotacional.
El
punto anterior no tiene sentido sin este, y viceversa. En este caso los
constructores sí que han de repercutir en sus compras de materiales un IVA
similar al que facturan, y fácilmente el coste material de los productos puede
superar a la mano de obra en una certificación, el IVA de los productos de la
construcción debería bajar igualmente al 10%. Ello repercutiría además en
evitar trabajos en negro, sin licencias ni garantías. Será necesario que el
cliente solicite un permiso de obras, menor o mayor, para poder acogerse al
10%, quedando a criterio del ayuntamiento establecer las tasas por dichas
obras.
Además
es importante este punto de bajar el IVA de los materiales, porque se
garantizaría la trazabilidad de los productos, es decir, el hecho de tener que
justificar que se debe facturar al 10% inexorablemente va asociado a la
dirección de una obra concreta o número de expediente municipal.
Uno de
los problemas que tenemos la dirección facultativa, sobretodo los arquitectos
técnicos al redactar el libro de control, es el disponer de la documentación de
los productos empleados en la obra, que siempre hay que ir detrás del
constructor pidiendo albaranes o fichas técnicas de los materiales empleados,
porque en la mayoría de ocasiones no tienen la costumbre de guardar esa
documentación.
Las obras de viviendas plurifamiliares
contarán al menos con un arquitecto y un arquitecto técnico cada diez unidades
o fracción.
En ocasiones
aún teniendo pocas obras en marcha (dos o tres) es habitual que de un día para
otro sin visitar la obra te encuentres desagradables sorpresas que hay que
corregir y a veces que es inevitable tragárselas, porque corregirlas es
imposible económica o técnicamente (a menos que sean de extrema gravedad y se
tengan que corregir cueste lo que cueste). Si eso me pasa a mí, que suelo estar
pendiente de ellas y son pocas, ¿cómo saldrán esas grandes promociones de 100
viviendas y más allá, en un lugar remoto de la provincia, a cientos de
kilómetros del despacho profesional, donde entran decenas de subcontratas y
apenas hay un arquitecto o un aparejador que van una vez a la semana?
No es la
primera vez que en una visita no está el jefe de obra o encargado, das las órdenes
pertinentes a un obrero que está realizando una tarea concreta, vuelves al día
siguiente, ves que el operario de hoy es distinto al de ayer y que no sabe nada
de lo que uno dijo el día anterior...esto es el pan nuestro de las obras. El
libro de órdenes es una entelequia que se guarda en el despacho del arquitecto
porque si no... no llega al final de obra. Las órdenes se dan de forma verbal y
se anotan en una libreta junto con las soluciones constructivas, o se refleja
en fotos las incidencias encontradas y a subsanar. Sería genial que ese libro
de órdenes como tal estuviera en la obra y todos lo respetaran y
consultaran...pero eso en la mayoría de ocasiones es ciencia ficción, y a veces
llevarlo a la práctica implica serios encontronazos con el constructor y a
veces también con la propiedad.
En resumen,
en ese tipo de obras ha de haber más control y un equipo de técnicos a pie de
obra cada día, que conozcan el proyecto, controlen la obra y puedan resolver
cualquier incidencia que ocurra en ella.
Anulación del IVA, de los gastos
generales y beneficio industrial en las obras del Estado o la Administración.
Caso
práctico para que se entienda:
A) Se
solicita a un constructor que pase presupuesto por metro lineal de valla de
bloque para un cliente particular. El coste es, por ejemplo, de 40 euros + 21%
de IVA
B) Se
solicita a un constructor que pase presupuesto por metro lineal de valla de
bloque para un ayuntamiento. El coste es, siguiendo el ejemplo anterior, de 40
euros +13% GG +6% BI + 21% de IVA.
Ahora el mismo muro cuesta un 19% más, y
dirán nooo, que una empresa tiene gastos generales, y un beneficio....pues
bien, todos esos costes y beneficios ya estaban en el precio del caso para un
particular. Y la empresa constructora es la misma, y no se le van a complicar
mucho los gastos por trabajar para la administración, con la salvedad claro
está que ahora ha de hacer las certificaciones y más papeleo,...pero nada que justifique
un incremento del 19% y la parte proporcional de IVA.
Podría
pensarse que en obras grandes, con ofertas a la baja y gran competencia se
necesita ese 19% para compensar a las empresas... rectifico, GRANDES EMPRESAS que casi siempre son las mismas y que se pueden permitir el lujo
de poner precios más bajos, porque en grandes cantidades de obra los costes
disminuyen. Aún así, sin ese 19%, tendrían su 20-25% de beneficio, ya harán
ellos los números para lograrlo.
El
facturar con un IVA reducido o sin IVA se podría repercutir igualmente al coste
de los materiales, podría parecer que no es viable, pero dado que en grandes
empresas además de tener como cliente la administración hay otros clientes de
donde sacar el IVA, compensar éste de los gastos no sería problemático.
Los autónomos podrán ser contratados
por empresas, ya sea de forma puntual o a largo plazo, y a su vez podrán
contratar los servicios de otros autónomos para realizar las tareas que éste
les requiera.
Los
sindicatos se llevarán las manos a la cabeza, porque creo que son los únicos
que pondrían pegas a esta medida. Está muy bien que todos seamos empleados a
sueldo con catorce pagas y un mes de vacaciones, pero por desgracia no podemos
trabajar todos así, y no veo impedimento técnico alguno a que un autónomo pueda
desempeñar su trabajo de forma liberal para una empresa (cuando ésta necesite
gente de forma puntual o habitual), pagándose su seguridad social y facturando
con su IVA correspondiente y pagando su IRPF: el autónomo gana dinero y puede
tener un trabajo relativamente estable, el trabajador fijo gana dinero y no
tiene que perder su empleo, el empresario gana dinero y el estado gana
dinero...entonces...¿a quién se le ha ocurrido prohibir esto y por qué?
Ayudas al sector de la construcción.
Plan E
Evitar
cometer el error de la anterior convocatoria del plan E, que como reza el
refrán valenciano fue “la faena del matalafer, fer i desfer”, hacer y deshacer,
dinero público enterrado en obras de aceras, obras menores en parques públicos
y poca cosa más. Aceras que en su día podían haber hecho cumpliendo la
normativa de accesibilidad del año 1997, y desde hace dos o tres años están adapatando, ahora, otra vez, en todas las esquinas de las calles para
hacer las rampas.
Una empresa no podrá ejecutar más de una licitación de obras públicas por municipio,
en caso de ganar un concurso público, si se ha presentado a varias licitaciones y obtiene la mejor puntuación en varias de ellas sólo podrá realizar una. Se trata de evitar que grandes empresas
monopolicen la obra pública a pequeña escala, principalmente en municipios, en
detrimento de las pymes y empresas constructoras locales. Este mecanismo debería funcionar de forma similar al de las subvenciones, de hecho son subvenciones estatales. Normalmente cuando un particular, o una entidad local o privada, solicita una subvención, uno de los requisitos para acceder a ella es no haber obtenido otra subvención a través de otros organismos públicos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario